Calculadora de utilidades para trabajadores (Ecuador)

Actualizado: 2026-10-01 · Valores 2026

Los trabajadores en relación de dependencia tienen derecho al 15 % de las utilidades líquidas de la empresa. Ese 15 % se reparte en dos partes: un 10 % según los días trabajados y un 5 % según las cargas familiares.

Ejemplo: 10 trabajadores × 360 días = 3.600.
Ejemplo: si en total hay 15 cargas y todos trabajaron 360 días: 15 × 360 = 5.400.

¿Cómo se reparten las utilidades?

Tu 10 % = (utilidad × 10 %) × tus días trabajados ÷ días trabajados por todos

Tu 5 % = (utilidad × 5 %) × (tus días × tus cargas) ÷ suma de (días × cargas) de todos

Son cargas familiares el cónyuge o conviviente en unión de hecho, los hijos menores de 18 años y los hijos con discapacidad de cualquier edad.

Ejemplo

Una empresa con 10 trabajadores que laboraron todo el año (3.600 días en total) y 15 cargas familiares en total tuvo una utilidad de USD 100.000. Un trabajador con 360 días y 2 cargas recibe:

  • 10 %: 10.000 × 360 ÷ 3.600 = USD 1.000,00
  • 5 %: 5.000 × (360 × 2) ÷ (360 × 15) = USD 666,67

Total: USD 1.666,67.

Fecha de pago y tope

Las utilidades se pagan hasta el 15 de abril del año siguiente. Ningún trabajador puede recibir más de 24 salarios básicos (USD 11.568 con el SBU 2026); el excedente se destina al régimen de prestaciones solidarias de la seguridad social.

Preguntas frecuentes

¿Las utilidades pagan impuesto a la renta?

Sí. Las utilidades son ingresos gravados y se suman a tus demás ingresos del año para calcular el impuesto a la renta. No pagan aportes al IESS.

¿Me corresponden si ya no trabajo en la empresa?

Sí. Si trabajaste durante el año en que se generaron las utilidades, te corresponde la parte proporcional aunque ya no trabajes allí.

¿Cómo sé cuánto ganó la empresa?

La empresa debe declarar las utilidades al SRI y registrar el pago en el Ministerio del Trabajo. Puedes pedir a tu empleador el detalle del cálculo.

Fuentes

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